La Gestora comienza hoy a recaudar los aportes de todos: estos los son los pasos para empresas y trabajadores

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Desde este mes de mayo, la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo entra en marcha completa. En cumplimiento al Decreto Supremo 4585, desde este martes procederá a la recaudación total de los aportes de los trabajadores a los fondos de pensiones, en el régimen contributivo y semicontributivo.

Asimismo, desde el 15 de mayo se hará cargo de todos los trámites de jubilación. El pago de estas rentas estará bajo su tuición desde el 1 de junio.

Si tiene dudas sobre los trámites que debe seguir en cada uno de estos casos, aquí le presentamos algunas recomendaciones.

Para el pago de aportes

Al igual que con las AFP, el pago debe realizarse, en el caso de los dependientes, hasta el último día hábil del mes siguiente al salario devengado. Para los independientes, hasta el quinto día hábil de cada mes.

Pero para empezar con la recaudación total de contribuciones al Sistema Integral de Pensiones (SIP), por medio de la Gestora, empleadores, trabajadores independientes y consultores deben realizar su registro o actualización de sus datos.

Para ello se debe seguir los siguientes pasos:

1. Obtenga su credencial de empleador

Todos los empleadores a escala nacional deben habilitar su usuario operador y obtener sus credenciales, esto equivale a un número PIN para el ingreso al sistema. Para ello debe ingresar al portal web de la Gestora (www.gestora.bo) y hacer click en la pestaña Oficina Virtual.

Se desplegará una nueva ventana en la que debe elegir la opción Empleador e ir al botón “Regístrese aquí”. El sistema le pedirá elegir el tipo de empleador entre: privado con NIT, privado SUP, público GOB y cooperativista minero RCM.

Cuando haya elegido el tipo, se generará un formulario en el que le pedirán datos de su empresa, como NIT, matrícula de comercio, contacto, etc. También deberá dar datos del representante legal o del usuario operador, dependiendo de si es una empresa unipersonal o jurídica. Tenga a mano la documentación en PDF, pues deberá adjuntarla.

Luego de este paso, al correo electrónico del representante legal o del usuario operador llegará un código de confirmación. Con el dato pase por única vez a las oficinas de la Gestora, donde le habilitarán las credenciales de su usuario operador.

2. Registre a sus trabajadores dependientes

Para el aporte mensual deberá ingresar a la oficina virtual del portal web de la Gestora y llenar el Formulario de Pago de Contribuciones (FPC). Éste le solicitará los datos de los trabajadores y luego le dará opciones para realizar el pago mediante canales electrónicos, como transferencias en línea, pagos con tarjeta o con código QR. También puede pasar por las oficinas de las instituciones financieras habilitadas para el caso.

Si el empleador no hizo el registro, el trabajador también puede hacerlo y habilitar su cuenta en las oficinas de la Gestora. Sólo necesita presentar su cédula de identidad. Mediante la cuenta podrá acceder a los extractos de sus cotizaciones.

3. Pago a independientes

Si es trabajador independiente, sólo necesita su carnet de identidad. Puede registrarse por medio de la oficina virtual o en oficinas de la Gestora Pública.

Si usa la página web, debe ingresar a la pestaña para asegurados y llenar el formulario de registro. El sistema le habilitará los canales electrónicos para el pago, aunque también puede hacerlo en las ventanillas de las entidades autorizadas.

Puede pasar por las oficinas de la Gestora para que se le asigne su número CUA.

Para las jubilaciones

Desde el 15 de mayo la Gestora Pública recibirá los trámites de jubilación. Hasta esa fecha, las AFP continuarán con la recepción de estos trámites.

1. Junte los requisitos

El asegurado dependiente debe presentar fotocopia del documento de identidad; certificado de nacimiento o certificado de bautismo. Los nacidos antes de 1948 deben presentar fotocopia de los Formularios de Pago de Contribuciones (sólo si tienen aportes pagados por adelantado) y certificado de nacimiento de sus derechohabientes.

También debe presentar certificado de matrimonio con vigencia máxima de un año. Si corresponde, también debe presentar: testimonio judicial de convivencia, testimonio de tutoría, resolución de invalidez emitida por el ente gestor de salud o documentación técnica médica que avale la condición del derechohabiente, en caso de tener hijos con grado de invalidez.

2. De las AFP a la Gestora

Si usted empezó el trámite en las AFP y por los plazos no lo culminó, podrá hacerlo en la Gestora. La conclusión se da con la firma del contrato de jubilación, si ésta no se hizo hasta el 12 de mayo, podrá hacerla con la Gestora después del 15, ya que el trámite pasará a la estatal en la migración de información.

En todos los casos se respetará la fecha de inicio de trámite. Es decir, si empezó su trámite el 10 de marzo en la AFP y no lo concluyó, lo hará el 10 de junio en la Gestora. El pago de las rentas empezará en junio, pero también recibirá el dinero correspondiente desde marzo.

3. Para los antiguos

Quienes ya reciben el pago de su jubilación, no deben hacer ningún tipo de trámite, pues son parte de la información que migrará de las AFP a la Gestora.

No olvide que debe contar el registro de vivencia actualizado. Los menores de edad que reciben pagos como derechohabientes deben tener su certificado de estudio vigente. Los que reciben pagos a domicilio deben tener respaldos médicos. (Página Siete)

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