PAIS: Diferimiento de créditos no alcanza a trabajadores con salario fijo
Anoche, el Gobierno dio a conocer sobre la ampliación del beneficio para los prestatarios. Sin embargo, el artículo 3 del Decreto Supremo 4248 aclara que los asalariados no podrán acceder a ella. En caso de que se hayan visto despedidos o sus sueldos se hayan reducido, deberán justificarlo para que sus situaciones sean analizadas.
Si bien el Gobierno transitorio amplió tres meses más el diferimiento en el pago de créditos para quienes adeudan menos de un millón de bolivianos a la banca, las personas que han mantenido su salario con monto fijo están excluidas de ese beneficio.
Las disposiciones se encuentran en el Decreto 4248. El artículo 2 establece un diferimiento automático de las cuotas correspondientes a junio, julio y agosto, para quienes mantienen deudas de menos de un millón de bolivianos.
Sin embargo, el artículo 3 establece que los “prestatarios que cuentan con un ingreso fijo proveniente del pago de salarios tanto del sector público como privado” no pueden gozar de la nueva ampliación del diferimiento.
A pesar de aquello, la norma aclara que los afectados por despidos o reducción de sueldo deben demostrar su situación a la entidad de intermediación financiera para ser beneficiados con el diferimiento de otros tres meses.
La norma establece que las cuotas diferidas se pueden pagar a prorrata o al final del plan de pagos, manteniendo la periodicidad.
Para quienes deben más de Bs1 millón
En el caso de las personas que tienen créditos con saldos de endeudamiento mayor a un millón de bolivianos, el decreto permite a los bancos que puedan flexibilizar las cuotas ante la solicitud del prestatario y según la evaluación caso por caso. (ANF)