Propuesta de retiro de parte de los fondos de las AFP es factible
La propuesta del retiro voluntario de un porcentaje de los fondos de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) por parte de los aportantes como una medida para paliar los efectos económicos negativos de la pandemia del coronavirus es factible sólo afectando al 3% de los fondos de pensiones, señala el experto Javier Terrazas.
El experto señala que, al 30 de marzo de 2020, los fondos administrados e invertidos por ambas AFP llegaron a 19,660 millones de dólares, de los cuales, durante el próximo año, podrán hacerse líquidos alrededor de 130 millones de dólares; asimismo, para el periodo siguiente se va a tener disponibilidad de alrededor de 498 millones de dólares.
“Esto significa que para efectuar ambos tipos de retiros podría disponerse los primeros dos años de alrededor de 4.200 millones de bolivianos, suma que se considera suficiente dado el carácter voluntario del acceso a estas devoluciones . De esta forma, no hay impacto negativo para el Sistema Integral de Pensiones , pues sólo se tomaría el 3% de los fondos, además considerando que las AFP continuarían recibiendo aportes de los asegurados durante los periodos señalados”, señaló.
Según Terrazas, el retiro de algún porcentaje de los aportes en las AFP no sólo es factible sino también necesario. Sin embargo, para un correcto análisis de este tema se debe considerar elementos de suma importancia como cuándo devolver, cuánto devolver y para qué devolver.
El experto indica que existen dos posibilidades, el retiro parcial de los fondos y el retiro completo de los fondos depositados en las cuentas previsionales de los afiliados a las AFP, cada una de estas posibilidades relacionadas a diferentes situaciones.
En el caso del retiro parcial, deberían poder acceder a este tipo de retiro aquellos asegurados que estén atravesando por situaciones de necesidad especial. Este es el caso de personas que deben someterse a operaciones quirúrgicas, o que necesiten viajar de forma urgente, o que deseen pagar los estudios universitarios de un hijo, entre otros motivos.
Terrazas agregó que estas personas deberían disponer de forma ágil de sus propios recursos, generados con su sacrificado ahorro sin necesidad de endeudarse con terceros.
“Estos retiros deberían poder efectuarse en cualquier momento, siempre y cuando el asegurado presente la correspondiente justificación. El monto a devolver puede ser un porcentaje de los recursos ahorrados en su cuenta previsional, al que se puede poner un límite”, agregó.
El experto recordó que, en países como Perú, y recientemente Chile, se han puesto en marcha iniciativas similares que permiten retiros parciales de entre el 10% y el 25% de los ahorros previsionales de los afiliados a las AFP.
Por otra parte, el especialista en pensiones señala que el proyecto de ley presentando por el senador Edwin Rodríguez, el cual dispone el retiro voluntario de hasta el 25% de los fondos depositados en las cuentas previsionales, establece además una escala bajo la cual los aportantes podrían acceder a sus ahorros para la jubilación con el objeto de afrontar las dificultades económicas causadas por la pandemia, además de la posibilidad de obtener mayores beneficios.
“La escala que propone el proyecto de ley dispone un retiro de hasta el 25% de lo aportado para menores de 30 años, hasta el 22% de lo aportado para asegurados entre 31 y 40 años, hasta el 18% de lo aportado para asegurados entre 41 y 50 años y hasta el 15% de lo aportado para asegurados mayores a 50 años. Actualmente, muchas personas pasan penurias económicas que podrían ser solventadas por sus ahorros y les brindarían mayores beneficios que manteniéndolos en la AFP”.
Respecto a los retiros totales, Terrazas indica que éstos podrían realizarse cuando los ahorros previsionales no alcancen para dotar de una pensión de jubilación digna, superior al 50% de su promedio salarial de los cinco años anteriores, como actualmente sucede.
Este tipo de retiro debería activarse una vez que el aportante llegue a la edad de jubilación, de manera voluntaria, y se justifica en el hecho de que los rendimientos de las inversiones realizadas por las AFP han sido muy bajos en los últimos años, muy por debajo de las tasas óptimas.
“Esta devolución podrá ser solicitada por el asegurado cuando cumpla el requisito de edad para acceder a la jubilación, cuando el sistema de pensiones no pueda ofrecerle una pensión de al menos el 50% de su promedio salarial. Se debería devolver al asegurado el 95% de los aportes realizados”.
Los recursos devueltos deberían necesariamente invertirse en la compra regulada de un bien inmueble patrimonial, o pago de hipoteca de bien inmueble, que genere ingresos para el asegurado, superiores a la pensión o que le sirva de vivienda.
“El 5% restante, debería ser transferido al Ente Gestor de Salud del asegurado, en calidad de prima única, para que se le brinde cobertura de salud durante el resto de su vida”, señala
Terrazas apunta que en los últimos años las tasas de rendimiento de los fondos de pensiones han estado cerca del 1%, incluso llegando a mostrar números negativos, durante 2007, 2008 y 2014.
“Esto quiere decir que mediante sus inversiones, las AFP perdieron dinero de los aportantes. De esta forma, una persona que ha comenzado a aportar regularmente desde el año 1998, debe trabajar alrededor de nueve años adicionales para compensar la pésima rentabilidad obtenida por la inversión de sus aportes, o jubilarse con el 30% o 35% de su promedio salarial”, apuntó el experto. (Página Siete)